Puede que no hayas escuchado hablar sobre la ayuda fiscal que consiste en una deducción en el Impuesto sobre Sociedades por la creación de empleo para trabajadores con discapacidad en tu empresa o Centro Especial de Empleo.
Esta deducción se aplica a todas las sociedades, pero tiene una gran importancia en los Centros Especiales de Empleo debido al gran número de personas con discapacidad que tienen en su plantilla.
La deducción está regulada en el artículo 38 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) que establece lo siguiente:
- Deducción de 9.000 euros por cada persona/año de incremento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad en un grado igual o superior al 33% e inferior al 75% (discapacidad leve).
- Deducción de 12.000 euros por cada persona/año de incremento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad en un grado igual o superior al 65% (discapacidad grave).
Debemos considerar que el tipo general del impuesto sobre sociedades es del 25% del beneficio empresarial obtenido, por lo que el impacto de la deducción puede ser importante.
Existe un límite de aplicación y es que esta deducción está sujeta al coeficiente límite del 25%-50% de la cuota íntegra ajustada positiva.
Si el importe de la deducción excediera del coeficiente límite, el exceso no deducido en ese período se puede aplicar a la cuota del impuesto de los siguientes periodos hasta un máximo de quince ejercicios, respetándose dicho límite.
Si en tu CEE no te encuentras aplicando esta deducción o quieres crear un CEE y aplicar esta ayuda recuerda que puedes contar con Leialta como tu consultoría acreditada para beneficiarte de la ayuda.
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