El pasado 1 de septiembre entró en vigor el RDL 1/2023 que cambia de forma significativa el sistema de contratación en materia de bonificaciones e incentivos en Seguridad Social.
Para acceder a las bonificaciones las empresas deben cumplir como requisitos:
- Tener implementado en la empresa el plan de igualdad cuando las empresas estén obligados
- Las empresas para poder acogerse a estas bonificaciones / reducciones no han debido haber hecho despidos improcedentes en el año anterior a la contratación.
- Se exige el mantenimiento de empleo durante al menos 3 años.
- Cambia la cuantía a bonificar. Hasta ahora eran porcentajes sobre la cuota o partida de los seguros sociales, ahora pasa a ser cuantía monetaria exacta.
- Los contratos de sustitución en caso de prestación, descanso, nacimiento de hijos o riesgo durante el embarazo, que venía siendo bonificación del 100% de la cuota empresarial al contratar un sustituto en desempleo, pasa a ser bonificación de 360€, para sustituto y otros 360€ para sustituido.
En la siguiente tabla se recogen las nuevas bonificaciones en el sistema de contratación en Seguridad Social que pueden solicitarse desde el pasado 1 de septiembre.
Si te encuentras interesado en obtener alguna de estas ayudas, pero no sabes por dónde comenzar no dudes en escribirnos para ayudarte a gestionar las ayudas con la Seguridad Social.
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