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Estudio Cumplimiento de la LGD (antigua LISMI) 2015

Objetivo del Estudio

Cumplimiento LISMIEl presente documento es el Estudio de nuestra empresa de consultoría LEIALTA sobre el cumplimiento de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválido (LISMI) por parte de las empresas españolas. Esta ley enuncia que las empresas del sector público y privado, con una plantilla superior a 50 trabajadores, tienen la obligación de contratar a un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2% para el caso de empresas privadas y del 5% para empresas públicas.

El origen de este Estudio nace cuando en LEIALTA identificamos que varios de nuestros actuales clientes y, sobre todo, potenciales clientes fruto de nuestra actividad comercial no cumplían con la LISMI. A partir de aquí decidimos ampliar nuestra muestra hasta que llegara a un tamaño que consideráramos representativa de las empresas españolas

“El 81% de las empresas españolas no cumple con la LISMI”

El objetivo de este estudio es poner de manifiesto el elevado incumplimiento que existe en España de dicha ley. De acuerdo a los datos recogidos, el 81% de las empresas españolas no cumple con la LISMI.

Este documento busca su divulgación entre las personas y colectivos vinculados a las personas con discapacidad así como al público en general para que tomen conciencia del escenario actual en el que se encuentra este colectivo.

En ningún momento nuestro estudio busca menospreciar las actuaciones que están llevando a cabo las personas y empresas que conforman el tejido económico de nuestro país. Como podrán observar a lo largo de nuestro estudio, la razón principal por la cual las empresas no contratan personas con discapacidad es el desconocimiento (De la LISMI, de las ventajas económicas que supone contratar a estas personas, etc). Además, sabemos que existe un amplio grupo de personas y organizaciones implicadas en la mejora e integración de las personas con discapacidad al mercado laboral.

Debido a la naturaleza de las preguntas que hemos tenido que realizar a las empresas en relación con su cumplimiento o no de la LISMI, ésta se ha llevado a cabo con la mayor confidencialidad posible. Hemos querido asegurar el anonimato de las empresas. Debido a esto, el desglose y profundidad de nuestro estudio es reducido. Nos disculpamos anticipadamente por las molestias que esto pueda suponer para aquellas personas que quieran utilizar nuestro estudio para un mayor análisis o comparativa con otros estudios. En próximos trabajos procuraremos ahondar en aquellos aspectos que creamos sean los más interesantes y que nos ayuden a mejorar la integración de las personas con discapacidad.

TOMA DE DATOS PARA EL ESTUDIO SOBRE LA LISMI

Debido al elevado número de contactos que era necesario hacer, este estudio ha sido llevado a cabo entre los meses de septiembre y noviembre de 2015 a través de encuestas telefónicas realizadas por una empresa especializada en este tipo de servicios que fue contratada por LEIALTA. Los datos obtenidos fueron analizados a lo largo de Diciembre 2015.

La encuesta preguntaba a las empresas en primera instancia por su conocimiento o no de la existencia de la LISMI. A partir de esta respuesta se segregaba el argumentario en dos:

  • Para aquellos que habían respondido positivamente, se pregunta directamente si su empresa la estaba cumpliendo..
  • Para aquellos que habían respondido negativamente, se explicaba brevemente en qué consiste la LISMI (2% de trabajadores de la plantilla deben ser personas con discapacidad) y después se preguntaba directamente si su empresa la estaba cumpliendo.
  • Para aquellos que respondían que no la cumplían, se les preguntó la razón por la cual no lo estaban cumpliendo. Sus respuestas se intentaron agrupar para obtener un conjunto de razones más o menos uniforme. Debemos señalar que estas razones no fueron preguntadas a las empresas en las primeras llamadas. Solo cuando empezamos a advertir con los primeros datos que el incumplimiento era tan alto, decidimos ampliar la encuesta, por lo que las razones expuestas más adelante no son representativas del total de la muestra.

De acuerdo a los datos del Instituto Nacional de Estadística, en 2015 existían en España 22.498 empresas con 50 o más empleados. Esto incluye todos los tipos de empresas (anónima, limitada, etc). Los Centros Especiales de Empleo con más de 50 empleados también fueron descartados de la encuesta aunque no eran representativos. Las que quedaron, fueron las empresas objetivo de nuestra encuesta.

La empresa que realizó las encuestas a las empresas disponía de una base de datos de 20.342 empresas con 50 o más empleados. Hemos considerado que seguía siendo una muestra representativa del total por lo que decidimos seguir adelante con el estudio.

RESULTADOS ESTADÍSTICOS DE LA ENCUESTA

De este total, conseguimos una participación productiva muy elevada. El 13,87% de las empresas encuestadas quiso participar en las preguntas y sabía la respuesta principal (si su empresa cumplía o no con la LISMI). Esto son 2.820 empresas.

Por otro lado, también hubo una participación improductiva elevada, 17,11%. Son empresas que, mostrando interés en contestar desconocían la respuesta a la pregunta principal. Es esta caso hablamos de 3.481 empresas.

Esto nos deja que 14.041 empresas, el 69,02% del total fueron empresas que no quisieron participar en nuestro estudio o que no se pudo contactar con ellas (comunicaban, número erróneo, etc). También se incluyen las empresas que ya no tienen 50 empleados. Es decir, empresas que por razones diversas han disminuido su plantilla por debajo de 50 empleados y ya no formarían parte de la muestra. Se produjo un elevado número de casos donde no se pudo contactar con las empresas, lo que significó que la toma de datos se agilizó bastante porque nos centramos en menos empresas.

 Nº EmpresasPorcentaje
Empresas encuestadas20.342100%
Empresas interesadas en participar en la encuesta2.82013,87%
Empresas interesadas en participar pero desconocían la respuesta3.48117,11%
Empresas no interesadas en participar en la encuesta14.04169,02%

Dentro de las empresas que participaron productivamente en la encuesta tenemos, obviamente, dos grupos diferenciados: Las que cumplen con la LISMI y las que no.

Las empresas que cumplen con la LISMI, de acuerdo a nuestros datos, ascienden a 547. Es decir, un 19,41% del total de las empresas encuestadas y que participaron productivamente en ella. Si extrapolamos este resultado, 19,41%, al total de empresas con más de 50 empleados (22.498), obtenemos un total de 4.367 empresas.

El 81% de las empresas encuestadas no cumplen con la LISMI

Respecto a las empresas que no cumplen con la LISMI, llegamos al sorprendente resultado de 80,59% (81%) sobre el total de encuestados participantes productivos. 2.273 empresas que, por diversas razones, no cumplen con esta ley tan importante. Sobre el total de empresas, supondría que más de 18 mil empresas no cumplen.

Empresas interesadas en participar en la encuesta2.820100%

 Nº EmpresasPorcentaje
Empresas que no cumplen con la LISMI2.27380,59%
Empresas que sí cumplen con la LISMI54719,41%

AMPLIACION DE LA ENCUESTA (RAZONES POR LAS QUE NO CUMPLEN CON LA LISMI)

Como ya comentábamos en el punto anterior, según fuimos analizando los primeros resultados, nos dimos cuenta de que el porcentaje de incumplimiento era bastante elevado. Sabíamos que teníamos que profundizar un poco más, por lo que decidimos ampliar el objeto de nuestra encuesta incluyendo una pregunta final a las empresas que habían contestado que no cumplían con la LISMI. Les preguntamos por la razón o razones por las que no cumplían.

Esto complicó bastante el estudio ya que nos vimos obligados a intentar agrupar las respuestas para que los resultados fueran analizables. Además, esta ampliación se hizo una vez iniciada la encuesta, por lo que consideramos que no es representativa del total.

No obstante, y a modo divulgativo queremos compartir las principales razones que expusieron las empresas para su incumplimiento de la LISMI:

  • Desconocimiento de la LISMI: Aquella empresas que no saben que tienen que cumplir por la ley o que tienen un cierto conocimiento de la misma pero no suficiente como para saber qué actuaciones tiene que llevar a cabo. Esta respuesta fue la más repetida (más del 70% de los casos). Se observó una mayor repetición de esta respuesta en las empresas más pequeñas dentro de la muestra.

De todas las empresas que no cumplen con la LISMI, el 70% reconoce que lo hace por desconocimiento de la ley

Las siguientes razones hacen referencia a empresas que si conocen la ley pero no la cumplen:

  • Localización de Personas con Discapacidad: Aquellas empresas que no saben dónde encontrar perfiles de personas con discapacidad, falta de acceso a bases de datos especializadas, cribas curriculares donde no hay personas con discapacidad. Etc..
  • Incompatibilidad de la discapacidad con el puesto de trabajo: Aquellas empresas que no han encontrado perfiles de personas con discapacidad acordes a las necesidades del puesto de trabajo: Trabajos físicos intensos, desplazamientos frecuentes, ubicación de las instalaciones, etc. La empresa alega que el trabajo no puede ser realizado por una persona con discapacidad. Etc..
  • Costes y labores de integración: Empresas que desconocen aquellas acciones que tienen que realizar para integrar a la persona con discapacidad a su puesto de trabajo. Costes de integración o ajuste que no justifican su contratación. Incremento de la complejidad de la plantilla (trabajador social, psicólogos, etc). Mayor gasto en Recursos Humanos. Etc..
  • Mayor absentismo laboral: Empresas que consideran que las personas con discapacidad faltan más al trabajo. Se ponen más veces enfermas. Requieren de trabajadores adicionales para sustituirles. Trabajan más despacio Etc..

Una vez más, repetimos que estos datos no son representativos de la muestra y son una agrupación generalizada de las respuestas obtenidas. Su valor es meramente divulgativo por lo que no puede ser base para un estudio.

CONCLUSIONES DEL ESTUDIO

Hay claro interés por parte de las empresas en el cumplimiento de la LISMI al conocer los beneficios económicos que supone la contratación de una persona discapacitada

A continuación os exponemos las principales conclusiones de nuestro estudio:

  • La más importante es que la mayoría de las empresas españolas no cumple con la LISMI (81%) y que la razón principal es que la desconocen. Es necesaria una labor más intensa de información a las empresas por parte de instituciones públicas y organismos privados.
  • A través de nuestra propia actividad comercial en LEIALTA como en las encuestas realizadas, “se observa un claro interés por parte de las empresas en el cumplimiento de la LISMI al conocer los beneficios económicos que supone la contratación de una persona con discapacidad”. Esto nos lleva a pesar que las empresas no rechazan “per se” la contratación de personas con discapacidad, tan solo es desconocimiento.
  • La normativa aplicable a las empresas es cada vez mayor y más compleja. Los grandes grupos empresariales que cuentan con un asesoramiento potente cumplen, casi en la totalidad, con la LISMI. Por el contrario, “las empresas cercanas a los 50 empleados son las que tienen un mayor incumplimiento y desconocimiento”.
  • “Existe un vasto campo de oportunidades para los Centros Especiales de Empleo que ofrecen sus servicios como Medida Alternativa al cumplimiento de la LISMI” en aquellos casos en los que las empresas se han acogido a la certificación de excepcionalidad.
  • “El cumplimiento sistemático de la LISMI supondría un importante aliciente a la economía española en términos de productividad”. Gracias a las ayudas económicas y ventajas fiscales que supone la contratación de personas con discapacidad en las empresas ordinarias, los costes laborales se reducirían significativamente. La competitividad aumentaría y mejoraría el posicionamiento internacional de las empresas españolas.
  • “Es necesaria una mayor penetración de la tecnología en las empresas para facilitar la integración de las personas con discapacidad a sus puestos de trabajo”. Un ejemplo claro es el teletrabajo para las personas con movilidad reducida. Tecnologías como estas permitirían que muchas empresas pudieran contratar a personas con discapacidad sin tener que realizar inversiones en tiempo y recursos elevadas.

Desde LEIALTA queremos recalcar la importancia de las personas con discapacidad en el mercado laboral

Desde LEIALTA queremos recalcar la importancia de las personas con discapacidad en el mercado laboral. Creemos firmemente que es un colectivo que tiene mucho que aportar a la economía española. Por esta razón, desde nuestra consultora seguiremos trabajando con las empresas españolas para que conozcan las ventajas que tiene su contratación. Seguiremos trabajando en la creación de nuevos centros especiales de empleo como medida alternativa al cumplimiento de la LISMI. Seguiremos trabajando para mejorar el tejido productivo de España.

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