A partir de ahora los planes de igualdad son obligatorios en empresas de 50 o más trabajadores, por lo que el número de organizaciones obligadas a elaborar un plan de igualdad va a aumentar considerablemente. ¿Está tu empresa preparada para cumplir con la Ley? Según su tamaño, tienes como empresario entre 1 y 3 años para cumplir con la nueva normativa. Y existe una especial vigilancia a la brecha salarial. Te lo explicamos todo… 👇
El 7 de marzo de 2019 se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 6/2019 de 1 de marzo de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, que modifica, entre otras normas, la Ley Orgánica para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, el Estatuto de los Trabajadores y la Ley General de la Seguridad Social.
La desigualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral sigue existiendo y basta con analizar los datos para saber que es necesario el esfuerzo de todos para alcanzar esa igualdad.
La meta número 8.5 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas establece la necesidad de que de ahora a 2030 se alcance la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor. Para ello el indicador es la comparación del salario por hora de empleadas y empleados.
En este sentido, la Organización Internacional del Trabajo en su Informe Mundial sobre Salarios 2018/2019 establece que, en base a datos de 73 países, la brecha salarial de género mundial está en torno al 16%. En España la brecha salarial entre hombres y mujeres es de 4.745 euros.
Está en tu mano evitar estas desigualdades y hacer que tu empresa sea un referente respecto a otras empresas de tu sector y atraiga talento de calidad.
Ventajas de los planes de igualdad en la empresa
Los planes de igualdad, además de ser obligatorios para empresas de 50 o más trabajadores, también pueden aportarte beneficios como los siguientes:
- Aumento de la productividad. La igualdad de oportunidades y de salario genera buen ambiente en el trabajo y, por lo tanto, una mayor productividad y aumento de los beneficios de la empresa.
- Mejora de la imagen de marca. La imagen de tu empresa mejorará con tus clientes, trabajadores, proveedores, accionistas y con la sociedad en general.
- Fomento de la innovación. La igualdad supone la aportación de nuevas ideas por parte de mujeres y hombres para resolver problemas y la generación de equipos con perfiles variados que pueden dar perspectivas diferentes.
- Atracción y retención de talento. En los procesos de reclutamiento y en la promoción interna si se adopta la igualdad como criterio base, se favorece la entrada de nuevo talento y el acceso a puestos directivos por parte de las mujeres en iguales condiciones que los hombres.
- Alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Tal y como hemos visto el objetivo 8.5 de Desarrollo Sostenible se propone alcanzar la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres por lo que tu empresa estará ayudando a lograr esa meta.
¿Qué novedades supone el Real Decreto Ley 6/2019 de 1 de marzo para los planes de igualdad?
El nuevo Real Decreto-Ley supone la modificación de la Ley sobre igualdad efectiva entre hombres y mujeres, en particular, en relación a los planes de igualdad, las principales modificaciones son las siguientes.
- Las empresas con 50 o más trabajadores deberán elaborar y aplicar planes de igualdad. Hasta ahora era obligatorio para las empresas a partir de 250 trabajadores.
- En cuanto al contenido de los planes de igualdad se establece que contendrá un conjunto de medidas evaluables para evitar los obstáculos que impiden la igualdad entre hombres y mujeres.
- Antes de crear los planes de igualdad, es preciso elaborar un diagnóstico de la empresa que analiza aspectos como:
- Los procesos de selección y contratación.
- La clasificación profesional.
- La formación.
- La promoción profesional.
- Las condiciones de trabajo, que incluirán la auditoría salarial entre hombres y mujeres.
- Los derechos de conciliación de vida personal y laboral.
- La infrarrepresentación femenina.
- Las retribuciones.
- La prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
- Se crea un Registro de Planes de Igualdad de las Empresas en el que las empresas deberán inscribir los planes de igualdad.
- En cuanto a los plazos para cumplir con las obligaciones que establece el Decreto-Ley son los siguientes:
- Empresas de más de 150 y hasta 250 personas trabajadoras: 1 año (desde la publicación del Decreto-Ley, 7 de marzo de 2019) para la aprobación de los planes de igualdad.
- Empresas de más de 100 y hasta 150 personas trabajadoras: 2 años.
- Empresas de 50 a 100 personas trabajadoras: 3 años.
- Se tipifica como infracción grave el incumplimiento de las obligaciones en materia de planes de igualdad.
Además de lo anterior, las modificaciones más destacadas del Estatuto de los Trabajadores son las siguientes:
- En el caso de nulidad del contrato de trabajo por discriminación salarial por razón de sexo, el trabajador tendrá derecho a la retribución correspondiente al trabajo igual o de igual valor.
- En los contratos formativos se regulan diversas situaciones que interrumpen la duración y en lugar de hablar de maternidad y paternidad se habla de nacimiento y se incluye la violencia de género.
- En los contratos a tiempo parcial se establece el derecho a no ser discriminado.
- Por otro lado, se habla de persona trabajadora y no de trabajador.
- Se regula la nulidad de la resolución del contrato durante el periodo de prueba en casos de embarazo.
- Entre las situaciones que interrumpen el periodo de prueba también se habla de nacimiento y de violencia de género.
- La clasificación profesional y la regulación del salario también se modifican para apostar por criterios de igualdad.
- Se define lo que se entiende por trabajo de igual valor, en relación a una serie de factores que ayudan a la comparación.
- Los empresarios deberán llevar un registro de los salarios de sus trabajadores por sexos, grupos profesionales y categorías. Además, las personas trabajadoras tendrán acceso a ese registro a través de sus representantes.
- Se realizan modificaciones que fomentan la conciliación laboral, como el trabajo a distancia.
- En la regulación de la reducción de la jornada para el cuidado del lactante se establece la imposibilidad de transferir su ejercicio al otro progenitor y la posibilidad de que se pueda ejercer a la vez por los dos progenitores.
Tal y como has podido ver no solo se trata de utilizar una terminología inclusiva, sino de establecer medidas efectivas que reduzcan la desigualdad entre mujeres y hombres en el trabajo.
¿Cómo te podemos ayudar para lograr la igualdad en tu empresa?
Recuerda que si tu empresa tiene 50 o más trabajadores, tienes obligación de adaptarte a la normativa sobre planes de igualdad.
Adecuar tu empresa a la nueva norma es, por lo tanto, un imperativo para algunas empresas y una opción recomendable para otras. En Leialta podemos ayudarte, tanto si estás obligado a tener planes de igualdad como si no, con nuestro servicio de asesoría empresarial en relación con la responsabilidad social corporativa (RSC) y los planes de igualdad.
Para implantar los planes de igualdad en tu empresa realizaremos las siguientes acciones:
- Análisis de la situación de tu empresa desde una perspectiva de género para conocer los elementos o situaciones que pueden mejorar en relación a la igualdad.
- Preparación del Plan de Igualdad en función del análisis realizado.
- Formación con relación a la igualdad de oportunidades y género.
- Implantación del Plan de Igualdad por fases, adecuándolo a la idiosincrasia de tu negocio.
- Asesoramiento para obtener subvenciones para la implantación.
- Asesoramiento para la obtención y mantenimiento del distintivo de igualdad.
- Estudios de brecha salarial.
¿Necesitas ayuda para elaborar e implantar un plan de igualdad? No dudes en contar con nosotros para conocer nuestro servicio de consultoría social y resolver todas tus dudas sobre planes de igualdad.