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Ayudas para registro de patentes y marcas en España: SME Fund

Ayudas para registro de patentes y marcas en España: SME Fund

¿Sabes que hasta el 6 de diciembre de 2024 puedes solicitar ayudas para registrar patentes y marcas? El programa se denomina Ideas Powered for Business SME Fund (SME Fund) y parte de la Comisión Europea, aunque se gestiona por la Oficina Europea de la Propiedad Intelectual (EUIPO) para apoyar económicamente a las empresas pequeñas y medianas de la UE en la protección de los derechos de la propiedad intelectual e industrial. En este artículo te contamos en qué consiste el SME Fund, quién puede solicitar la ayuda, qué requisitos se deben cumplir, y qué pasos seguir para conseguirla.

¿En qué consisten las ayudas?

La ayuda se materializa en la emisión de bonos a las empresas beneficiarias para cubrir de forma parcial el coste de las tasas de solicitud de derechos de la propiedad intelectual e industrial.

En concreto, se han establecido varios bonos:

  • Bono 1. IP Scan en los países de las oficinas participantes. Cubre el reembolso del 90%.
  • Bono 2. Enfocado a cubrir las tasas de marcas y diseños y tiene un importe máximo de 1.000 euros. Consiste en:
    • El reembolso del 75% de la tasa de la UE nacional, regional y de la UE.
    • El reembolso del 50% de la tasa a nivel internacional.
  • Bono 3. Se enfoca en patentes y tiene un importe máximo de 3.500 euros. Consiste en:
    • El rembolso del 75% del coste de un informe de búsqueda del estado de la técnica.
    • El reembolso del 75% de la tasa de protección nacional en un Estado de la UE.
    • El reembolso del 75% de la tasa para la presentación y búsqueda de patentes presentadas en EPO (Oficina Europea de Patentes).
    • El reembolso del 50% del coste jurídico de la redacción y presentación de solicitudes de patentes a nivel europeo (con un máximo de 2.000 euros).
  • Bono 4. Protección de variedades vegetales. Tienes escala europea y el reembolso es del 75%.

El bono 3 se ha agotado por lo que, de momento, no se puede solicitar, pero es importante visitar periódicamente la web del fondo para saber si está disponible de nuevo.

Los bonos tienen una duración de dos meses prorrogables por otros dos mediante una solicitud expresa de prórroga. Si se solicita un bono y caduca, no puede solicitarse otro en la misma convocatoria, habrá que esperar a la siguiente.

¿Quién puede pedir el reembolso?

Las siglas SME se refieren a Small and médium-sized entreprises (SMEs), es decir, pequeñas y medianas empresas. Para que una empresa pueda solicitar estas ayudas debe ser una PYME, para ello, tendrá que cumplir una serie de requisitos:

Tipo de empresaNº de trabajadoresVolumen de negocioBalance general
Mediana<250=<50 MM €=<43 MM €
Pequeña<50=<10 MM €=<10 MM €
Micro<10=<2 MM €=<2 MM €

En el caso de que se trate de empresas que forman parte de un grupo, se deberán considerar datos de ese grupo.

Además, las empresas solicitantes no deben ser beneficiarias de otras ayudas de la Unión Europea para la misma actividad o una parte de ella.

Pasos para solicitar las ayudas SME Fund

Los pasos para recibir los reembolsos que hemos mencionado son los siguientes:

  • Presentación de la solicitud de la ayuda. El plazo de presentación va del 22 de enero al 6 de diciembre de 2024. La solicitud la pueden presentar:
    • El titular de la empresa.
    • Un empleado.
    • Un representante externo autorizado en nombre de la empresa.

Los documentos que se deberán presentar son los siguientes:

  • Certificado de IVA de la empresa. Si eres autónomo podrás presentar el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomo (RETA).
  • Extracto bancario de la empresa donde aparezcan los datos de la compañía como titular de la cuenta, el número de IBAN completo con el código de país y el código BIC/SWIFT.
  • En el caso de que se actué a través de un representante externo se deberá presentar una declaración jurada firmada por el propietario o empleado autorizado de la PYME.
  • Solicitud del registro de la patente, marca o diseño industrial. Recuerda que no se puede solicitar el registro hasta que EUIPO haya dictado su resolución sobre la subvención.
  • Acreditación de la solicitud del registro de patente, marca o diseño que justifica la petición de la ayuda.
  • El reembolso se recibe en la cuenta bancaria de la compañía solicitante.

Es importante recordar que los fondos son limitados y se otorgan por orden de llegada. En el caso de que se agoten los fondos antes del 6 de diciembre de 2024, se podría cerrar la recepción de nuevas solicitudes.

Si quieres proteger tus derechos de propiedad industrial e intelectual, es importante que conozcas estas ayudas. En LEIALTA contamos con un equipo de expertos en patentes y marcas,  si necesitas ayuda de profesionales en la materia, no dudes en contactar con nosotros, analizaremos tu caso y realizaremos todos los trámites para solicitar la protección y pedir la ayuda a la EUIPO.

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