Si quieres ayudar a otras personas, beneficiarte de ventajas fiscales e impulsar la imagen corporativa de tu negocio, crear una fundación puede ser una forma de conseguirlo. En este post te contamos en qué casos crear una fundación y qué beneficios aporta su constitución.
¿Qué es una fundación?
Una fundación es una organización sin ánimo de lucro que persigue fines de interés general y beneficia a colectividades genéricas de personas. Su patrimonio, inicial y futuro, está afecto a esos fines de interés general, incluso en el caso de disolución. Dichos fines pueden consistir en la investigación de una enfermedad rara o en la ayuda a niños y niñas desfavorecidos, por ejemplo.
Cuando una persona o institución decide crear una fundación lo hace por diversos motivos:
- Experiencias personales que motivan a ayudar a personas en las mismas circunstancias.
- Ayudar e impulsar la responsabilidad social corporativa de la empresa a través de proyectos que la diferencian de sus competidores y crean una buena imagen frente a trabajadores, clientes, inversores y proveedores, entre otros.
- Beneficiarse de ventajas fiscales relativas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y sobre el Impuesto sobre Sociedades.
¿Qué debes tener en cuenta antes de crear una fundación?
Emprender un negocio significa crear una empresa, pero si se trata de un emprendimiento social, la empresa da respuesta a una necesidad de tipo social.
Si has pensado en crear una fundación para cubrir una necesidad social debes considerar las características que tiene la fundación para verificar si se adapta a tus necesidades. Dichas características son las siguientes:
- Los fines que persigue la fundación deben ser de interés general y beneficiar a colectividades genéricas de personas. Por ejemplo, personas que padecen una determinada enfermedad o personas que necesitas recursos económicos por encontrarse en una situación vulnerable.
- La fundación debe tener una vocación de duración indefinida, aunque es posible que tenga una duración temporal.
- La aportación mínima para la constitución de la fundación por parte del fundador o fundadores es de 30.000 euros que se pueden desembolsar de forma sucesiva.
- El fundador y los patronos de la fundación (son quienes la gobiernan) no pueden beneficiarse ni directa ni indirectamente de la actividad de la Fundación.
- Si se disuelve la fundación ni el fundador ni terceras personas podrán recuperar las aportaciones que hayan realizado, puesto que el remanente se deberá destinar a otra entidad sin ánimo de lucro o a una institución pública.
- La fundación es supervisada por la administración a través del protectorado de fundaciones, por lo que deberá: rendir cuentas de forma anual, se supervisará su presupuesto y el plan de actuación y se deberán solicitar autorizaciones para algunos actos de disposición del patrimonio de la fundación.
- En el momento en que se crea la fundación el fundador afecta su patrimonio al fin de la fundación que se haya definido.
Como consecuencia de todo lo anterior si quieres crear un proyecto de interés social, pero esperas recibir una retribución o recuperar el dinero que hayas invertido a través del reparto de beneficios, debes saber que la fundación no cumple esos objetivos y que en ese caso deberías crear una sociedad mercantil. De hecho, es posible que la sociedad mercantil tenga activos sociales o que sus socios o accionistas decidan los reinvertir los beneficios que se generen o repartir dividendos, pero, esto no es una fundación.
También puede ocurrir que se trate de un proyecto con un interés social en el que se tiene como objetivo la recuperación del dinero, del trabajo y del tiempo invertido en el proyecto. En este caso estaríamos ante la figura de la cooperativa que forma parte de la denominada economía social, pero que tampoco es una fundación.
Sin embargo, si tienes un objetivo de carácter social y no quieres recibir ningún retorno de la inversión que realices, sino solo tener un impacto en la sociedad, sí que podrás crear una entidad sin ánimo de lucro como una asociación o una fundación.
Beneficios de crear una fundación
Como consecuencia de todo lo anterior, podemos destacar los siguientes beneficios de crear una fundación:
- Si creas una fundación para crear, a su vez, un centro especial de empleo, estarás contribuyendo a la inserción laboral de personas con discapacidad.
- Impulsarás la responsabilidad social corporativa de la compañía.
- La imagen de tu empresa mejorará y podrás atraer y retener talento.
- Contribuirás a ayudar a personas y colectivos que lo necesiten.
- Te podrás beneficiar de importantes ventajas fiscales.
Para la creación de un centro especial de empleo o de una fundación deberás contar con la ayuda de una consultoría social especializada como LEIALTA. Un equipo de profesionales estudiará tu caso y si cumples los requisitos y los fines para crear una fundación o un centro especial de empleo.
Hola, ¿una fundación puede tener beneficios? Agradezco la respuesta
Hola Alexia,
Las fundaciones pueden tener excedentes económicos al finalizar su ejercicio económico. No obstante, las fundaciones, como organizaciones sin ánimo de lucro, no pueden repartir estos beneficios o excedentes económicos, por lo que deben reinvertirlos en la misma organización para conseguir los fines sociales para los que fueron constituidas.
Las fundaciones pueden obtener ingresos por sus actividades, siempre que ello no implique una limitación injustificada del ámbito de sus posibles beneficiarios. También podrán desarrollar actividades económicas cuyo objeto esté relacionado con los fines fundacionales o sean complementarias o accesorias de las mismas, con sometimiento a las normas reguladoras de la defensa de la competencia. Un saludo.
¿Dónde debe ubicarse el domicilio de la fundación?
Hola Manuel, las fundaciones tendrán su domicilio social en el municipio donde se encuentre la sede de su Patronato, o bien en el lugar en que desarrollen principalmente sus actividades. Un saludo.
Hola, ¿En qué parte del proceso de creación la fundación adquiere personalidad jurídica? Gracias
Hola Oscar,
La fundación adquiere personalidad jurídica en el final del proceso de creación y es cuando desde la inscripción de la escritura pública de su constitución en el correspondiente Registro de Fundaciones.
Un saludo