La liquidación concursal es la fase del concurso de acreedores en la que se convierten los bienes de la empresa concursada en dinero y se destinan a pagar a los acreedores en el orden que establece la ley. En este post te contamos quién puede solicitar la liquidación concursal, cómo se hace, en qué plazo y qué efectos tiene para los acreedores y el concursado.
¿Quién puede solicitar la liquidación concursal?
La apertura de la fase de liquidación concursal se puede solicitar por:
- El deudor en cualquier momento. La liquidación solicitada por el deudor deberá ser aprobada por el juez mediante auto.
- El concursado desde el momento en que conozca la imposibilidad de cumplir los pagos acordados en el convenio. Si el deudor no lo hace, podrá hacerlo cualquier acreedor que acredite la existencia de los hechos que fundamenten la declaración del concurso. En este caso, el juez también resolverá mediante auto.
- El administrador concursal podrá solicitar la apertura de la fase de liquidación en el caso en que se produzca el cese total o parcial de la actividad empresarial. En este caso también se deberá dictar un auto por parte del juez.
- Finalmente, el juez podrá abrir de oficio la fase de liquidación en los siguientes casos:
- Si no se ha presentado, dentro del plazo legal, la propuesta de convenio o no se han admitido a trámite las que se han presentado.
- Si no se ha aceptado ninguna propuesta de convenio en la junta de acreedores o en la tramitación escrita.
- Si se ha rechazado por resolución judicial el convenio aceptado por la junta de acreedores o el tramitado por escrito.
- Si se declara por resolución judicial firme la nulidad del convenio aprobado por el juez o el incumplimiento de dicho convenio.
¿Qué efectos tiene la liquidación concursal?
La liquidación concursal produce diversos efectos sobre el concursado y los créditos, entre otros. Destacamos los siguientes:
- El juez nombrará a un nuevo administrador concursal o repondrá en su puesto al que ya existe.
- El concursado se encontrará ante la suspensión de sus facultades de administración y disposición de la masa activa. La resolución judicial que abra la liquidación concursal contendrá la declaración de disolución de la persona jurídica y el cese de los administradores o liquidadores.
- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Todos estos efectos tienen el objetivo de preparar a la empresa concursada para la venta de sus bienes.
¿Cómo se hace la liquidación concursal?
La forma de hacer una liquidación concursal se contiene en un documento que se denomina plan de liquidación que se elabora por el administrador concursal y se presenta ante el juez para que lo apruebe. Para elaborar el plan se debe considerar el interés del concurso y la satisfacción de los acreedores. Si es posible, el plan de liquidación debe orientarse a la enajenación unitaria del establecimiento, explotaciones y otras unidades productivas de la masa activa.
Una vez presentado el plan de liquidación ante el juez concursal, los acreedores y los representantes de los trabajadores pueden formular observaciones y propuestas de modificación durante un plazo de 15 días. Una vez transcurrido ese plazo el juez del concurso aprobará el plan de liquidación con un auto con las modificaciones que considere oportunas.
Cuando el juez aprueba el plan, el administrador concursal puede empezar a realizar las acciones que tienen como objetivo vender los activos de la empresa concursada, en función del plan aprobado. Para que el juez pueda controlar el proceso, los administradores concursales deberán presentar informes cada tres meses detallando las operaciones realizadas y la relación de créditos contra la masa.
La fase de liquidación concursal puede tardar unos pocos meses, en algunos casos, o años, en otros, dependiendo de las características de la empresa en concurso y del tipo de bienes que formen el activo.
El plan de liquidación puede modificarse si lo pide el administrador concursal y lo aprueba el juez. En la solicitud de modificación se deberán especificar las reglas del plan que deben ser modificadas y las que deben ser eliminadas o introducidas. El juez, en el auto que dicte, podrá aceptar las modificaciones propuestas, en todo o en parte, introducir nuevas modificaciones o denegar la solicitud. Los interesados podrán interponer contra el auto del juez un recurso de apelación.
En definitiva, la liquidación concursal de una empresa supone la venta de los bienes y derechos que haya en la masa activa para convertirlos en dinero y poder pagar a los acreedores de la compañía en el orden legalmente establecido. Para hacerla correctamente es fundamental contar con la ayuda de una asesoría fiscal empresarial experta en derecho concursal que conozca el procedimiento a fondo y las reglas a aplicar para evitar retrasos o incumplimientos legales.
Hola,
Una consulta, ¿qué diferencia hay entre concurso de acreedores y liquidación concursal? Gracias.
Hola Mauro,
Gracias por tu consulta, te detallo las diferencias. El concurso de acreedores es el mecanismo para que todas las empresas insolventes pueden hacer frente a las deudas pendientes con otras entidades o proveedores.
La liquidación concursal es la fase del concurso de acreedores que transformar los bienes y derechos de la masa activa de la empresa en dinero pagando así a los acreedores para satisfacer las deudas que tengamos pendientes.
Por lo que el concurso de acreedores es el mecanismo y la liquidación concursal es una parte del concurso.
Un saludo,
Paul