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Competitividad en la empresa familiar: optimizar la fiscalidad

Todos sabemos lo complicado que es llevarse bien con la familia. Las reuniones navideñas donde las discusiones políticas con el cuñado de turno son todo un clásico constituyen un buen ejemplo (de todos conocido) de las delicadas relaciones que se establecen entre los miembros de un mismo clan. Y es que a los amigos los elegimos, pero a la familia es otro cantar… Y si llevarse bien en el seno familiar es complicado, más aún es realizar una buena gestión que optimice y mejore la competitividad en la empresa familiar.

Los impuestos que gravan las actuaciones en este tipo de compañías, sobre todo cuando hablamos de distintas empresas en una misma familia, pueden suponer un lastre que grave la competitividad de nuestra empresa o grupo de empresas familiar. La buena noticia es que la fiscalidad se puede optimizar, para reducir considerablemente el gasto y crear una gestión eficiente al cien por cien. Aunque para mejorar las relaciones con tu cuñado no tenemos una solución, a continuación sí te contamos cómo lograr que tus empresas familiares tengan una fiscalidad ejemplar. ¡Sigue leyendo!

Competitividad en la empresa familiar: el éxito a través de la unión

Empecemos por el principio. Muchas veces se da el caso de que los mismos propietarios poseen más de una empresa, sobre la que mantienen sus inversiones empresariales – unidades de negocio. Lo importante en este caso es que estas empresas se consideran empresas de grupo, y por norma general deben tributar al mismo tipo impositivo de cara a la AEAT (para no extenderme demasiado, si quieres saber cuándo se considera que existe un grupo empresarial te remito al Artículo 42 del Código de Comercio).

Según esto, cuando los miembros de una familia poseen la mayoría de los derechos de voto de varias sociedades existe la presunción (como mínimo) de que dichas sociedades tendrían que calificarse como empresas del grupo. Aunque cierto es que esta presunción admitiría la prueba en contrario, pero aún así… De esta manera, y ajustándonos de nuevo al Artículo 42, se aplica la norma de que la tributación de cada una de las empresas que conforman dicho grupo debe estar unificada. O sea, tributar al mismo tipo impositivo.

Cuidado con las consecuencias…

Esta circunstancia implica en muchas ocasiones la apertura de temidas inspecciones tributarias, que intentarán determinar si existe grupo empresarial para (de haberlo) unificar la tributación de cada contribuyente. ¿Y qué sucede entonces? Pues que al haber aplicado distintas tributaciones (un claro error), al contribuyente le impondrán una sanción. Algo que se podría haber evitado mediante una gestión eficaz para mejorar la competitividad en la empresa familiar. Gestión que, por otra parte, no tiene por qué convertirse en una complicación añadida si la lleva a cabo una firma de consultoría empresarial fiable.

Veamos un ejemplo: un mismo propietario posee el 100% de la participación en tres empresas: (a), (b) y (c). Debido a que el volumen de facturación y de empleados de las tres compañías es distinto, las tres empresas tributan de manera diferente: (a) al 28%, (b) al 25% y (c) al 20%. ¿Qué sucede entonces? Pues que las tres tienen la obligación de tributar al mismo tipo, al ser consideradas empresas de grupo. Y el propietario se verá sorprendido con una bonita sanción, por defecto de ingreso en los 4 últimos ejercicios.

Sacar de aquí para meter allá: el problema de traspasar fondos

Otro de los problemas a los que se enfrentan los grupos de empresas familiares es que a veces hace falta de traspasar fondos de una sociedad a otra. Habitualmente, esta operación se hace dividendo la tesorería de una empresa en beneficio del socio, para que éste refinancie otra empresa del grupo. Esta operación obliga a tributar en un 20-23%, por dividendo en IRPF del socio. Y si la financiación entre las empresas del grupo la queremos hacer a través de un préstamo, entonces nos encontraremos con los ineludibles intereses que (queramos o no) habrá que liquidar de forma periódica. De ambas formas, la competitividad en la empresa familiar (en este caso, el grupo familiar) se verá severamente comprometida.

La pregunta del millón: ¿cómo optimizar, entonces, la fiscalidad?

Y la respuesta (en este caso, gratis), es la siguiente: a través de una Sociedad Holding. Es decir: una estructura matriz que sea la propietaria única de todas las sociedades del grupo familiar. La constitución de esta sociedad se puede llevar a cabo mediante el traspase de la propiedad de las participaciones de cada propietario o propietaria a la Sociedad Holding. Buenas noticias: este canje de participaciones no se tributa, ya que se puede acoger a un régimen de neutralidad fiscal. (Capitulo VII, Título VII Ley del Impuesto sobre Sociedades)

Ventajas de la Sociedad Holding para el grupo de empresas familiar

Las ventajas de la Sociedad Holding (de cara a una futura venta) ya las comentamos anteriormente en este blog. Para el grupo de empresas familiar, además, hay otras que resultan muy interesantes:

  • A través de la Sociedad Holding, el grupo de empresas podrá optimizar su fiscalidad mediante una gestión de la tesorería entre empresas de grupo exentas de impuestos. Es posible distribuir dividendo desde las sociedades dependientes a la Sociedad Holding, actuando esta como financiadora del grupo y repartiendo este dividendo entre las empresas del grupo cuando hiciera falta (mediante una ampliación de capital). Es decir: vía dividendo de las sociedades a la Sociedad Holding, y vía ampliación de capital de la Sociedad Holding a las sociedades que lo necesiten. Hablando claro: de esta manera, evitaremos tener que tributar por refinanciar el grupo a través del socio.
  • La posible venta de participaciones de las sociedades dependientes estará exenta de tributación, siempre que cumpla los requisitos mínimos: 5% de participación + 12 meses de pertenencia de dicha participación

Con luz y taquígrafos

Por sorprendente que parezca, esto demuestra que existen estructuras de empresa previstas por la Ley (y por ende, absolutamente transparentes) que permiten a los grupos de empresas familiares optimizar su fiscalidad para evitarse importantes desembolsos, sanciones y quebraderos de cabeza. Es una forma más de mejorar la competitividad de la empresa familiar, que conviene gestionar a través de profesionales del campo de la consultoría de empresas. En Leialta te contamos todo lo que necesitas saber sobre la Sociedad Holding y cómo puede beneficiar a tu negocio familiar.

¿Qué opinas sobre la necesidad de optimizar la fiscalidad para mejorar la competitividad en la empresa familiar? Tu opinión cuenta mucho para nosotros. ¡Anímate a comentar!

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