A finales de 2021, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) condenó a la empresa Soemca (que gestiona un Centro Especial de Empleo y pertenece al grupo Amica) a pagar los complementos salariales a sus empleados, puesto que había retirado dichos complementos para absorber la subida del SMI decretada por el Gobierno. En este post te contamos cuáles son los complementos salariales, qué ocurre con los complementos cuando aumenta el SMI y cuándo se consolida un complemento salarial.
¿Qué son los complementos salariales?
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La retribución que recibe un empleado está formada por el salario base, los complementos salariales, los pluses y los demás conceptos retributivos que se hayan establecido en el convenio colectivo.
En el caso de los empleados de un Centro Especial de Empleo, cuando prestan servicios a un tercero, las relaciones laborales se regulan en materia salarial por lo establecido en el convenio colectivo del sector de actividad en el que los empleados realizan las tareas, siempre y cuando esas retribuciones sean superiores a las establecidas en el convenio colectivo aplicable a los centros especiales de empleo.
A los trabajadores de los centros especiales de empleo de iniciativa social se les aplica el convenio colectivo relativa a los centros de atención a personas con discapacidad, en relación a las materias laborales y tablas salariales.
¿Cuáles son los complementos salariales que se aplican en un CEE?
Los complementos salariales aplicables a los centros del especial de empleo más destacados son los siguientes:
Complemento de antigüedad.
En función del número de años que el trabajador lleve prestando servicios a la empresa.
Complemento de nocturnidad.
Se aplica a aquellos trabajadores que tengan una jornada ordinaria de trabajo entre las 22:00 h y las 6:00 h del día siguiente.
Complemento de dirección y complemento de coordinación.
Se aplica a aquellas personas que asuman funciones de dirección o coordinación dentro del centro especial de empleo. Se trata de un complemento que no es consolidable y que el trabajador dejará de percibir una vez que cese en las funciones de dirección y coordinación.
Complemento de certificado de aptitud profesional.
Se aplica a aquellos trabajadores que desarrollen un puesto de conductor de un vehículo de la empresa para el que resulte necesario un permiso de conducción determinado.
Complemento específico.
Se aplica a los empleados que presten servicios en centros de atención especializada.
Complemento por trabajo en días festivos.
Complemento de desarrollo y capacitación profesional.
Por otro lado, existir otros complementos en el ámbito de la empresa, del sector o de la comunidad autónoma, que deberán ser tenidos en cuenta en cada caso.
¿Qué ocurre con los complementos salariales en un CEE cuando aumenta el SMI?
Durante los últimos años hemos visto cómo el salario mínimo interprofesional (SMI) ha ido aumentando paulatinamente. Algunas empresas, para evitar aumentar el salario y equipararlo al SMI, han incluido los complementos salariales en dicho salario. En el caso de los CEE también se ha realizado esta práctica y el TSJC ha dictado una sentencia en función de la cual se establece que la revisión del SMI anual no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales que viniesen percibiendo los trabajadores. En este caso, por ejemplo, los trabajadores percibían un salario de 737 euros más varios complementos salariales que suponían que el sueldo mensual que recibían los trabajadores estuviera por encima del SMI. Lo que hizo la empresa, por lo tanto, fue incluir los complementos en el salario base de forma que se alcanzaba el SMI. El TSJC considera esa práctica como indebida.
¿Cuándo se consolida un complemento salarial?
Uno los aspectos que debemos conocer respecto a los complementos salariales es que en algunos casos son consolidables y en otros no consolidables. Si un complemento salarial es consolidable, aunque el trabajador cambie la relación laboral con la empresa y se modifiquen sus tareas, continuará recibiendo dicho complemento salarial.
Por lo general, los complementos salariales consolidables son aquellos que hacen referencia a la situación concreta y personal del trabajador, y los no consolidables son aquellos que hacen referencia al puesto de trabajo o a la propia empresa. En cuanto a los complementos salariales consolidables, te damos algunos ejemplos: antigüedad, formación, experiencia, permisos específicos, etc. En relación con los no consolidables son, por ejemplo, los relacionados con puestos de dirección o con los resultados de la empresa.
La consolidación de un complemento salarial depende de muchos factores, como el transcurso de un plazo de tiempo determinado que suele establecerse en el convenio colectivo aplicable.
En definitiva, es importante contar la ayuda de una asesoría de empresa antes de modificar los salarios de los empleados de un CEE para equipararlos al SMI para evitar problemas en el futuro, conflictos en la empresa y reclamaciones judiciales por parte de los empleados.
Hola, ¿El complemento de desarrollo profesional en cuántas mensualidades se abona?
Hola Vanesa,
Se abona en las 14 mensualidades del año. Tambien se percibe cuando el trabajador se encuentre en situación de incapacidad temporal. Un saludo.
Buenos días, si trabajo en días festivos, ¿deben de pagarme un complemento? Gracias
Hola Carmen,
Si trabajas en días festivos si que deben de pagar un complemento. Esta condición debe estar reflejada de forma previa en tu contrato o calendario laboral. Si prestas tus servicios en los 14 festivos tipificados en el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores, tendrás derecho a percibir un complemento por cada uno de los días festivos trabajados.
Además, si trabajas un día festivo contemplado de forma inicial como descanso en tu calendario laboral, tendrás derecho a disfrutar como descanso de un día de los fijados inicialmente como de trabajo en tu calendario laboral.
Un saludo,