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Presentar la memoria anual de un CEE

Qué debe contener la memoria anual de un CEEComo bien es sabido, el contar con un Centro Especial de Empleo (CEE) otorga numerosos beneficios a las empresas. Sin embargo, para mantener un equilibrio, también existen una serie de obligaciones formales. Los CEE reciben importantes subvenciones y ayudas, lo que implica cumplir con requisitos y requerimientos anuales, entre ellos presentar la memoria anual de un CEE.

En este post, analizaremos las secciones clave que se deben considerar a la hora de presentar, junto con los documentos indispensables para su correcta elaboración.

Importancia de la memoria anual

La memoria anual es un documento clave que debe presentarse a las administraciones públicas. Este informe no solo refleja la actividad y sostenibilidad del centro, sino que también es un requisito regulado por el artículo 13 del Real Decreto 2273/1985, que establece las normas para su elaboración y entrega.

En este contexto, la memoria anual garantiza la transparencia, la rendición de cuentas y, en última instancia, el mantenimiento de las subvenciones y ayudas recibidas por el CEE.

¿Qué debe contener la memoria anual?

La memoria debe incluir información exhaustiva y organizada sobre diversas áreas del CEE. A continuación, se detallan los componentes esenciales tomando como referencia los requisitos establecidos por la Comunidad de Madrid:

  1. Datos generales del centro:
    • Información sobre titularidad, ubicación, actividad principal y complementaria.
    • Composición de la plantilla.
  2. Documentación económica:
    • Liquidación del presupuesto.
    • Balance de situación.
    • Cuenta de explotación.
    • Proyecto de presupuesto del siguiente ejercicio.
  3. Cumplimiento de objetivos:
    • Evaluación del cumplimiento de los objetivos económicos y de ajuste personal y social.

¿Cómo se debe estructurar la memoria anual de un CEE?

La memoria se divide en tres bloques principales:

Bloque I: Información general del CEE

Incluye datos como:

  • Plantilla de trabajadores a 31 de diciembre del año anterior.
  • Actividad económica provisional.
  • Medidas alternativas aprobadas en cualquier comunidad autónoma o por el SEPE.
  • Responsabilidad social, enclaves laborales y tránsito a la empresa ordinaria.

Bloque II: Servicios de Ajuste Personal y Social (SAPs)

Información sobre:

  • Profesionales que prestan servicios de ajuste y seguimiento.
  • Intervenciones realizadas.
  • Promoción laboral dentro del CEE.

Bloque III: Documentación económica

Debe contener:

  • Balance.
  • Cuenta de pérdidas y ganancias.
  • Estado de cambios en el patrimonio neto.
  • Estado de flujos de efectivo.
  • Memoria económica del CEE.

En algunos casos, dependiendo de la estructura del centro, también se requiere:

  • Cuentas consolidadas si el CEE forma parte de un grupo empresarial.
  • Cuentas anuales auditadas en caso de ser obligatorio según la Ley de Sociedades de Capital.
  • Modelo 200 de la Declaración anual del Impuesto de Sociedades.

¿Qué otros documentos hay que adjuntar en la memoria anual?

En ocasiones y debido a la situación jurídica empresarial, dimensión y facturación del centro especial de empleo, es frecuente que en las memorias anuales de algunos centros especiales de empleo se tengan que presentar complementariamente algunos documentos justificativos de carácter económico como pueden ser:

  • Cuentas consolidadas del grupo y una declaración de las cuentas separadas del centro que nos ocupa, si el Centro Especial de Empleo pertenece a un Grupo empresarial. Es imprescindible acreditar que las cuentas han sido presentadas en el Registro Mercantil o en los Registros competentes de acuerdo con la naturaleza jurídica del titular del Centro.
  • Cuentas anuales auditadas, en el caso de las empresas obligadas conforme a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.
  • Modelo 200 de la Declaración anual del Impuesto de Sociedades.

Presentación y plazos de la memoria anual

La presentación de la memoria varía según la comunidad autónoma. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, el proceso es completamente telemático.

Plazos:

  • Primer plazo: Del 1 de enero al 15 de febrero, para los bloques I y II.
  • Segundo plazo: Del 1 de julio al 15 de septiembre, para el bloque III.

Es fundamental garantizar la veracidad de la información presentada, según lo establecido en el artículo 28.7 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si se necesita apoyo en la preparación y presentación de la memoria anual de un CEE, en LEIALTA, contamos con un equipo especializado en consultoría social y en la gestión integral de un centro. Estamos aquí para ayudar en cada paso del proceso, asegurando que se cumplen sus obligaciones legales de forma efectiva y transparente.

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