Si tu empresa realiza actividades sujetas a la deducción en el IVA y otras que no, deberás aplicar la prorrata del IVA. En este post te contamos qué es la regla de la prorrata, qué tipos de prorrata existen y cómo se calcula.
Puede ocurrir que no estés aplicando la prorrata de IVA en tu empresa y realices actividades con derecho a deducción en el IVA y otras que no. En este caso, la Agencia Tributaria podría hacer una inspección, aplicar la prorrata y solicita la devolución de las deducciones que te hayas practicado indebidamente. Si quieres evitarlo, es importante que sepas en qué consiste la regla de la prorrata de IVA.
¿Qué es la regla de la prorrata de IVA?
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La regla de la prorrata de IVA supone que un sujeto pasivo desarrolla actividades empresariales o profesionales en las que realiza a la vez entrega de bienes y prestaciones de servicio que originan el derecho a la deducción en el IVA y otras que no. Por ejemplo, es el caso de una empresa que alquila viviendas y locales. El alquiler de viviendas está gravado con el IVA y el de locales no.
¿Cuáles son las clases de prorrata de IVA?
La regla de la prorrata de IVA tiene dos modalidades:
– Prorrata general. Se aplica cuando no procede la prorrata especial. En este supuesto el sujeto pasivo puede deducirse un porcentaje de las cuotas soportadas que se obtiene por el cociente, multiplicado por 100, que es el resultado de la siguiente fracción (se realiza un redondeo por exceso a la unidad superior:
%= Operaciones que dan derecho a deducir x 100 / total operaciones del ejercicio = exceso
No se deberán incluir en el numerador ni en el denominador: las cuotas de IVA, las entregas y exportaciones de bienes de inversión, y las operaciones inmobiliarias o financieras que no sean la actividad habitual del empresario.
Para aplicar la prorrata general se utiliza provisionalmente el porcentaje definitivo del año anterior, que se denomina prorrata provisional) y, posteriormente, en la última declaración del IVA que se presente, se calculará la prorrata definitiva y se regularizarán las deducciones que se hayan aplicado.
– Prorrata especial. Resulta aplicable en dos casos:
o Cuando el sujeto pasivo elija su aplicación en el plazo y la forma legalmente establecidos. La elección se realizará en la última declaración o liquidación del IVA que corresponda a cada año natural en la delegación de la Agencia Tributaria que corresponda al domicilio fiscal del sujeto pasivo del IVA.
o Cuando si se aplica la prorrata general el importe de las cuotas deducibles en un año natural es mayor del 10% del que resultaría de aplicar la prorrata especial.
¿Cómo se calcula la prorrata de IVA?: ejemplo práctico
Para entender la aplicación de la prorrata en el IVA vamos a continuar con el ejemplo que hemos citado anteriormente: una empresa que se dedica al alquiler de inmuebles y que alquila tanto viviendas como locales. Por una parte, debemos considerar que el arrendamiento de viviendas es una actividad que no genera el derecho a deducción de IVA porque es una operación exenta, sin embargo, el alquiler de locales sí genera derecho a deducción. Por otro lado, en base a esta situación vemos que el IVA de todas las adquisiciones de bienes que se relacionan con el alquiler de vivienda no es deducible, por lo que supondrá un gasto (por ejemplo, la compra de muebles para las viviendas o el coste de los arreglos que se hagan para el mantenimiento de las mismas). Por otro lado, el IVA de las adquisiciones que tienen relación con el alquiler de los locales comerciales sí se puede deducir al 100%.
En este caso, si el total de operaciones de arrendamiento ha sido de 60.000 euros y el total de arrendamiento de viviendas ha sido de 20.000 euros, la prorrata general sería de un 75%. Para calcular la prorrata general haríamos la siguiente operación:
(60.000/80.000) x 100 = 75%
Como se aplica la prorrata general, durante los tres primeros trimestres del ejercicio se aplica la prorrata provisional, es decir, la prorrata definitiva del ejercicio anterior, y, en el cuarto trimestre se calcula la prorrata general definitiva del año y se procede a regularizar las cantidades.
¿Cómo te puede ayudar LEIALTA en la aplicación de la prorrata de IVA?
En LEIALTA tenemos un departamento especializado en la asesoría fiscal de empresas que estudiará tu caso para:
– Verificar si es de aplicación la regla de la prorrata de IVA.
– Lograr un ahorro fiscal.
– Informarte de todas las novedades fiscales que se produzcan.
– Aplicar las deducciones que correspondan.
– Evitar que se produzca una inspección de Hacienda y asesorarte si ya se ha producido esa inspección.
– Elaborar y presentar las declaraciones de IVA trimestrales y anuales.
– Hacer la regularización que corresponda en la prorrata de IVA a final de año.
En definitiva, aportamos un asesoramiento fiscal proactivo con el que cumplirás la ley y te aportaremos consejos para lograr un ahorro fiscal.