¿Has realizado transacciones con no residentes este año? Puede que tengas que presentar el formulario ETE. Se trata de un formulario bastante desconocido para muchas sociedades y personas físicas. En este post te contamos qué es, quién está obligado a presentarlo, en qué plazo se debe presentar, cómo se presenta y qué puede ocurrir si no lo presentas y tienes obligación de hacerlo.
¿Qué es el formulario ETE?
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El formulario ETE es una declaración de tipo informativo que se presenta en el Banco de España a efectos estadísticos para declarar transacciones que se hayan realizado con no residentes y activos y pasivos que se posean en el extranjero.
¿Quiénes están obligados a presentar el formulario ETE ante el Banco de España?
Deben presentar de forma obligatoria el formulario ETE aquellas personas físicas o jurídicas que residan en España y que posean activos o pasivos en el extranjero o realicen transacciones económicas con personas no residentes. Pero, el formulario ETE no se debe presentar en todos los casos, solo en aquellos en que la suma de activos y pasivos o la suma de las transacciones que se realicen superen un millón de euros durante el año anterior.
Se deberán declarar:
- Operaciones realizadas con no residentes, con independencia de su naturaleza o de la forma en la que se paguen o liquiden. Es importante tener en cuenta que se deben incluir operaciones comerciales de emisión de facturas a no residentes o compra de bienes o servicios de extranjeros.
- Saldos y variaciones de activos y pasivos en el exterior de cualquier tipo: cuentas en entidades bancarias, depósitos, instrumentos de deuda, participaciones, inmuebles, derivados etc.
¿Cuándo se debe presentar el formulario ETE?
La periodicidad con la que debas presentar el formulario ETE dependerá del volumen de transacciones que hayas realizado el año natural anterior o de los activos y pasivos que hayas tenido en el extranjero hasta el 31 de diciembre. Los plazos son los siguientes:
- Presentación anual. Deberás presentar cada año (con fecha límite el día 20 de enero del año siguiente) el formulario relativo a aquellas transacciones con un importe inferior a 100 millones de euros. En el caso en que el importe de las transacciones sea inferior a 50 millones de euros, deberás presenta una declaración anual resumida.
- Presentación trimestral. En este caso, el formulario ETE se deberá presentar el día 20 del mes siguiente a la fecha de finalización de cada trimestre y se tendrán que declarar las transacciones con un importe de, al menos, 100 millones de euros e inferior a 300 millones de euros.
- Presentación mensual. El formulario ETE se presentará en los 20 días siguientes a cada mes cuando el importe de las transacciones sea igual o superior a 300 millones de euros.
Por otro lado, si no se sobrepasan los límites que hemos citado durante el año anterior, pero se superan durante el año en curso, se deberá presentar el formulario ETE con la periodicidad que corresponda según hemos visto anteriormente.
En el caso en que las operaciones o saldos de activos y pasivos en el exterior, sea inferior a un millón de euros, no se tendrá que presentar el formulario ETE.
Para evitar problemas, como la imposición de sanciones, es importante contar con la ayuda de una asesoría de empresas con un departamento fiscal especializado.
¿Cómo se presenta el formulario ETE ante el Banco de España?
El formulario ETE se presenta de forma telemática en el Departamento de Estadística del Banco de España, para ello deberás acceder a la Sede Electrónica del Banco de España. Para rellenar el formulario vas a necesitar un lector de PDF y, si quieres guardar una copia del documento, tendrás que dar a la opción de guardar como.
¿Te pueden imponer una sanción por no presentar o presentar fuera de plazo el formulario ETE?
La Ley sobre Régimen Jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior es la que regula el régimen sancionador y establece lo siguiente:
- Se considera una infracción grave:
- No declarar operaciones con un importe superior a seis millones de euros.
- Presentar la declaración con algún dato inexacto.
La sanción para estos casos es de la mitad del importe de la operación no declarada con un mínimo de seis mil euros.
- Son infracciones leves:
- La presentación del formulario ETE fuera de plazo.
- No declarar operaciones por un importe inferior a seis millones de euros.
- Presentar la declaración con datos inexactos en el caso de que el importe sea inferior a seis millones de euros.
La sanción para estos supuestos es de un cuarto del importe de la operación, con un mínimo de 3.000 euros.
Tal y como has visto, se trata de una declaración informativa que, sin embargo, tiene un régimen sancionador estricto, por lo que es fundamental analizar la situación de tu empresa para ver si estás obligado a presentar el formulario ETE. Si tienes dudas, desde LEIALTA podemos ayudarte.