¿Sabes que si tu empresa cumple determinados requisitos puedes solicitar la devolución del IVA mensualmente? En este post te contamos en qué consiste el Régimen de Devolución Mensual del IVA (REDEME), qué requisitos se deben cumplir para acogerse a ese régimen y cómo se solicita en la Agencia Tributaria.
¿Qué es el REDEME?
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Se trata de un régimen de carácter voluntario que deberán solicitar los sujetos pasivos mediante la inscripción en el registro de devolución mensual del IVA denominado REDEME. Aquellos empresarios que opten por este régimen liquidarán el IVA de forma mensual y deberán presentar las liquidaciones por vía telemática.
Requisitos para acogerse al REDEME
Los requisitos que se deben cumplir para acogerse al Régimen de Devolución Mensual del IVA son los siguientes:
- La inscripción en el registro se debe realizar mediante la declaración censal del modelo 036 o del modelo 039 para grupos de entidades.
- Se debe estar al corriente de todas las obligaciones tributarias.
- El solicitante no debe estar en alguno de los supuestos que puedan producir la baja cautelar en el registro de devolución mensual o la revocación del NIF.
- No haber sido excluido del registro en los tres años anteriores al de la presentación de la solicitud de alta.
- Si se trata de un grupo de entidades, la inscripción en el registro solo se realizará cuando todas ellas se apliquen el régimen especial y así lo hayan acordado porque reúnen los requisitos necesarios. La solicitud de inscripción se presentará por la entidad dominante y tendrá que determinar las entidades del grupo a las que se aplique el régimen especial.
Junto con lo anterior, tal y como hemos visto, se deberán presentar las autoliquidaciones mensuales del IVA (modelo 303) de forma telemática y será obligatorio llevar los libros registro del IVA a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, es decir, haberse acogido al régimen del Suministro Inmediato de Información (SII). El SII es un sistema de tramitación del IVA que supone la gestión electrónica de los libros del IVA para favorecer la digitalización de los procesos tributarios y, por lo tanto, la transformación digital de las empresas y de la administración.
¿Qué plazo tienen los empresarios para acogerse al Régimen de Devolución Mensual del IVA?
Los contribuyentes que quieran acogerse al REDEME deberán presentar la solicitud en el registro en el mes de noviembre del año anterior en el que deba surtir efecto. También se puede solicitar la inscripción durante el plazo de presentación de las declaraciones-liquidaciones periódicas. En este caso la inscripción surtirá efecto al día siguiente a aquel en el que finalice el periodo de liquidación.
Si el solicitante no recibe una notificación expresa sobre su solicitud en el plazo de 3 meses desde la presentación, deberá entender desestimada su solicitud de inscripción.
Los empresarios que hayan solicitado la inscripción en el REDEME deberán permanecer en ese régimen durante un año a partir de la fecha en la que surta efecto la solicitud.
En el caso en qué una empresa quiera darse de baja en este sistema deberá solicitarlo de forma voluntaria en el mes de noviembre del año anterior en el que quiera que surta efecto.
¿Me pueden excluir del Régimen de Devolución Mensual del IVA?
En el caso en que incumplas alguno de los requisitos para que te incluyan en el REDEME o si has incluido algún dato inexacto o falso en el modelo censal por el que has solicitado a la agencia tributaria la inclusión en el REDEME, podrán excluirte de dicho registro o denegarte la inscripción.
Si te excluyen del registro, la exclusión será efectiva desde el primer día del periodo de liquidación en el que se haya notificado el acuerdo. Si te excluyen no podrás volver a inscribirte en el REDEME durante los tres años siguientes.
¿Necesitas ayuda para solicitar la inscripción en el REDEME?
Si quieres saber si cumples los requisitos para inscribirte en el registro de devolución mensual del IVA deberás consultar con una asesoría experta. En LEIALTA somos expertos en la asesoría de empresas en materia tributaria y legal, entre otras. Podemos analizar tu caso, verificar si cumples los requisitos y elaborar y presentar la solicitud ante la Agencia Tributaria. Además, podemos ayudarte a elaborar los modelos mensuales del IVA y de otros impuestos.