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Regímenes especiales de IVA de ventanilla única

Asesoría fiscal en regímenes especiales de IVA
¿Eres empresario y vendes productos o servicios en distintos países de la Unión Europea? Si tu respuesta es afirmativa debes conocer los regímenes especiales de IVA de Ventanilla Única. En este post te contamos en qué consisten, cuándo se aplican y cómo afectan al comercio electrónico de productos y servicios.

¿Qué es el régimen de Ventanilla Única o One-Stop-Shop (OSS)?

Actualmente muchas empresas realizan ventas a consumidores o empresas que se encuentran en diversos países. Para simplificar la gestión del IVA se creó la Ventanilla Única (One Stop Shop – OSS) que tiene el objetivo de simplificar la declaración de IVA para empresarios o profesionales que venden productos o servicios a consumidores que se encuentran en toda la Unión Europea, ya que con este régimen dichos empresarios no deberán identificarse y darse de alta en cada Estado miembro donde se produzca el consumo, sino que pueden:

  • Registrarse a efectos del IVA en un solo Estado miembro para todas las ventas de productos o servicios que cumplan con los requisitos y que sean realizadas a clientes que se encuentren dentro de la Unión Europea.
  • Presentar una única declaración del IVA de forma electrónica en el Estado miembro en el que se hayan identificado y hacer un solo pago del IVA devengado por las ventas.

¿A quién se aplican los regímenes especiales de IVA de ventanilla única?

Durante mucho tiempo los regímenes especiales de IVA de Ventanilla Única se aplicaban a empresas del sector de las telecomunicaciones, radiodifusión, televisión y servicios prestados por vía electrónica, pero a partir del 1 de julio de 2021, los regímenes se aplican a todos los servicios prestados por empresarios o profesionales a particulares consumidores que tengan lugar en Estados que pertenezcan a la UE donde no esté establecido el empresario o profesional, así como a las ventas a distancia de bienes y a entregas nacionales de bienes.

¿Qué regímenes especiales de IVA Ventanilla Única existen?

Desde nuestra asesoría fiscal especializada, podemos destacar varios regímenes especiales de IVA de Ventanilla Única que son los siguientes:

Régimen exterior a la Unión Europea. Este régimen se aplica a empresarios o profesionales que no estén establecidos en la UE pero que presten servicios a personas (que no sean empresarios o profesionales) y que estén establecidas en la UE.

Régimen de la Unión Europea o régimen interior. Se aplica a empresarios o profesionales que realicen las operaciones sometidas a este régimen, con independencia de que se encuentren o no establecidos en la UE. Las operaciones a declarar son las siguientes:

  • Para empresarios o profesionales establecidos en la UE:
    • Prestaciones de servicios a persona que no sean empresarios o profesionales y que estén establecidas en la UE en un Estado diferente al del empresario, siempre que las prestaciones se realicen en un Estado miembro en el que el empresario no esté establecido.
    • Ventas a distancia intracomunitarias de bienes.
  • Los empresarios o profesionales no establecidos en la UE solo podrán declarar en este régimen las ventas a distancia intracomunitarias de bienes.
  • Las interfaces electrónicas o marketplaces (que se encuentren dentro o fuera de la UE) a las que se considere sujeto pasivo de entrega de bienes podrán declarar las siguientes operaciones:
    • Ventas a distancia intracomunitarias de bienes en las que intervengan siempre que el vendedor de los productos no esté en la UE.
    • Entregas nacionales de bienes, si el vendedor no está en la UE.

Régimen de importación. Se aplica a empresarios o profesionales que pueden estar establecidos o no en la UE, que realizan ventas a distancia de bienes importados de países o territorios en envíos cuyo valor intrínseco no supere los 150 euros, con la excepción de productos que sean sometidos a impuestos especiales.

¿Cómo afectan los regímenes especiales al comercio electrónico?

Las e-commerce han visto como el régimen de IVA aplicable se modificaba con las nuevas normativas europeas que han supuesto, a su vez, la modificación del Reglamento del IVA. En estos casos las operaciones se sujetan al IVA del Estado miembro en el que se recibe la mercancía por el destinatario, por aplicación del principio de tributación en destino de las operaciones transfronterizas de IVA.

Con la nueva regulación se producen, tal y como hemos visto, dos cambios importantes:

  • El comercio electrónico se beneficia de la aplicación de los regímenes especiales de ventanilla única, por lo que no será necesario que se registren y tributen en cada país donde realizan operaciones.
  • Los marketplaces o interfaces digitales colaborarán en la recaudación y gestión del IVA.

En definitiva, lo que se trata de conseguir con las modificaciones de la normativa aplicable en materia de IVA es que se simplifiquen las obligaciones formales de los empresarios, de manera que no sea necesario que se registren, a efectos del IVA, en cada país donde se produzca el consumo de sus productos o servicios, sino que baste con un único registro.

Para poder saber si es aplicable a tu empresa uno de estos regímenes especiales de IVA de Ventanilla Única es fundamental que se realice un análisis por parte de una asesoría de empresas especialista en fiscalidad, que te estudie tu caso y la mejor forma de tributar.

2 comentarios de “Regímenes especiales de IVA de ventanilla única

    • Luis Leiva dice:

      Hola Ismael, la carga fiscal se transfiere a la ventanilla única de forma colectiva para todos los países. Los empresarios que utilicen el régimen OSS tendrán que transferir el IVA a la autoridad fiscal pertinente del Estado de residencia, que hará las veces de punto único de contacto. Un saludo

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