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Creación del registro de Centros Especiales de Empleo en el País Vasco

Cómo se inscribe un CEE en el País VascoEl 29 de octubre de 2019 se aprobó el Decreto por el que se regulan los programas y servicios relacionados con la empleabilidad de las personas con discapacidad, así como, el Registro Vasco de Centros Especiales de Empleo (CEE). En este artículo queremos comentar en qué consiste esta novedad para los empresarios vascos que quieran crear un CEE.

La nueva normativa se enmarca en lo regulado por el Reglamento de Centros Especiales de Empleo, que en su artículo 7 dispone que la creación de los mencionados Centros Especiales de Empleo exigirá su calificación e inscripción en el Registro de Centros que las Administraciones crearán dentro del ámbito de sus competencias.

Con dicha normativa ya aprobada, os explicamos en qué consiste la Orden de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales, por la que se aprueban las instancias normalizadas de las solicitudes de subvenciones y de calificación de centros especiales de empleo, previstas en el Decreto 168/2019, de 29 de octubre.

Qué ayudas reciben los Centros Especiales de Empleo en el País vasco

El decreto presta especial atención a las ayudas que se destinan a la integración en el mercado de trabajo de las personas con discapacidad a través de Centros Especiales de Empleo.

Las ayudas que se regulan en el decreto se dirigen a varios aspectos:

  • A mantener los puestos de trabajo de personas con discapacidad. El importe de las subvenciones se establece en base a las contrataciones indefinidas y al porcentaje de trabajadores y trabajadoras con discapacidad. Los límites de las ayudas son los siguientes:
    • 12.000 euros en el caso en que el número de personas trabajadoras con discapacidad sea superior al 90% de la plantilla del centro.
    • 9.000 euros en el caso en que el número de personas trabajadoras con discapacidad se encuentre entre el 70% y el 90% de la plantilla del CEE.
    • En el caso en que la persona contratada sea mujer, el importe de la subvención citada en los dos apartados anteriores aumentará en un 10%. El importe de la subvención no podrá ser mayor del 70% del gasto que se subvenciona.
  • A lograr el equilibrio en el presupuesto y la viabilidad de los CEE. La cuantía de la ayuda será del 50% del saldo presupuestario negativo del ejercicio anterior, con un límite de 60.000 euros.
  • A ayudar a las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional. Las ayudas se dirigen a financiar los costes salariales y de la Seguridad Social de dichas unidades. Las ayudas dependen del tipo de contrato y de la jornada y van de los 12.000 euros para contrato indefinido a jornada completa a los 6000 para los contratos temporales con una duración igual o mayor de seis meses y a tiempo completo.
  • A financiar las actuaciones de los servicios de orientación profesional: formación, asesoramiento para el autoempleo, emprendimiento etc.

Creación del Registro Vasco de Centros Especiales de Empleo

La principal novedad es que el decreto crea el Registro Vasco de Centros Especiales de Empleo en el que se podrán inscribir los CEE que tengan su domicilio en el País Vasco.

Los requisitos para que se reciba la calificación de Centro Especial de Empleo son los siguientes:

  • Acreditar la personalidad del titular
  • Recoger en el objeto social contemplado en los estatutos, en el caso de personas jurídicas, el fin de integrar a personas con discapacidad.
  • Justificar la viabilidad técnica y financiera.
  • Tener una plantilla formada por al menos un 70% de personas con discapacidad.
  • Disponer de personas técnico de apoyo.
  • Detallar los servicios de ajuste de personal.
  • Estar domiciliada en el País Vasco.

La calificación de los CEE como CEE de iniciativa social

Dentro de los CEE merecen especial mención los CEE de iniciativa social, ya que pueden tener ventajas en los concursos públicos. Según el nuevo decreto se pueden calificar como Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social los que acrediten que:

  • Ha sido promovidos, directa o indirectamente, por una entidad sin ánimo de lucro o que está participada en más de un 50% por entidades sin ánimo de lucro.
  • Los beneficios del Centro Especial de Empleo se reinvierten en el propio Centro Especial de Empleo o en otros Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social.

El procedimiento de calificación como CEE

El procedimiento se inicial con una solicitud telemática al Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, a la que se deberá acompañar toda la documentación que establece el decreto.

A continuación, se verificará el cumplimiento de los requisitos y se otorgará o no la calificación como CEE. Existe la posibilidad también de subsanar errores en función de lo regulado en el decreto.

En estos casos es importante contar con el asesoramiento de una consultoría social especializada en crear CEE para evitar errores y cumplir con la ley. ¿Necesitas ayuda de profesionales especialistas? Cuéntanos tus dudas.

2 comentarios de “Creación del registro de Centros Especiales de Empleo en el País Vasco

    • Juan Carlos Lozar dice:

      Hola Jon,

      Se puede consultar con el servicio de empleo Vasco denominado LANBIDE, para que pueda explicarle el proceso de presentación y registro de los CEE en el País Vasco. Remito a su vez el posible dato de contacto.

      ZERBITZU ZENTRALAK / SERVICIOS CENTRALES José Atxotegi, 1 – 01009, Vitoria-Gasteiz Tel. 945 181 357

      Por otra parte, existe un Registro Telemático Central, en el que se puede remitir cualquier documentación dirigida a cualquier entidad administrativa en territorio nacional.
      Desde aquí, se podrían iniciar los tramites de presentación dirigidos al Registro de Centros Especiales de Empleo del País Vasco.
      Adjunto el posible enlace al Registro Telemático Central https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
      Sin otro particular recibe un cordial saludo.
      Juan Carlos

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