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¿Cómo tributan los trabajadores no residentes en la empresa?

¿Tienes trabajadores en tu empresa que no son residentes?, ¿sabes cómo deben tributar? En el artículo de hoy te contamos qué se considera trabajador no residente y cómo tributan este tipo de empleados. 

Retenciones a trabajadores no residentes

Lo primero que debes tener claro es en qué casos se considera que una persona es no residente en España. En general, se entiende que un trabajador es no residente si reside más de 183 días al año fuera de nuestro país. 

Si pagas rendimientos de trabajo a un empleado no residente en España, la norma general, es que debes aplicarle una retención del 24%. La retención será del 19% en el caso de residentes en la Unión Europea, Islandia y Noruega. Pero existen excepciones a la regla general que vamos a ver a continuación. 

Excepciones a la regla general sobre las retenciones

Existen dos excepciones a la regla general que hemos visto anteriormente. Un trabajador no residente, en determinados casos, puede elegir recuperar una gran parte de las retenciones que le habían sido practicadas y, en otros supuestos, existe la posibilidad de que las retenciones no sean exigibles. 

¿En qué casos se puede recuperar las retenciones? 

Se trata de supuestos en los que los trabajadores tienen rentas bajas y residen en otros países de la Unión Europea, Noruega o Islandia. En estos casos, pueden acogerse al denominado “Régimen opcional para personas físicas residentes en la Unión Europea y en el espacio económico europeo”, para poder recuperar una gran parte de las retenciones que se les hayan practicado. Para poder acogerse a esta posibilidad los trabajadores deben tener unas rentas totales al año (se computan tanto las que se obtienen en España como las que se obtienen en el extranjero) inferiores al 90% del mínimo personal y familiar que tendrían si tributarán por el IRPF, y, al menos, el 75% de sus rendimientos deben proceder de España y tributar en el impuesto sobre la renta de los no residentes (IRNR).  

¿Cómo se solicita la devolución de retenciones?

Para poder solicitar la devolución de las retenciones practicadas, los trabajadores deberán compilar el modelo aprobado por la Agencia Tributaria para estos supuestos y presentarlo desde el 2 de mayo del año siguiente aquel en el que se les hayan realizado las retenciones. El plazo de presentación es de cuatro años a partir de esa fecha. Por otra parte, la Agencia Tributaria tiene un plazo de seis meses para dictar una resolución sobre la solicitud presentada. En el caso en que no dicte una resolución en ese plazo, se considerará que se desestima la solicitud por silencio administrativo. 

En el caso en que la Agencia Tributaria acepte la solicitud de devolución, realizará un cálculo sobre el importe a devolver que será el resultado de la diferencia entre la retención practicada por el trabajador y el importe por el que hubiera tributado por el salario obtenido en España de haber tributado por el IRPF. Lo habitual es que con esta situación el trabajador tribute por un tipo inferior al 19% o al 24%. 

¿Qué ocurre en el caso de los trabajadores transfronterizos?

En el caso en que tu empresa se encuentre en una zona cercana a las fronteras con Francia o Portugal y tengas trabajadores de alguno de esos dos países, puede que se aplique el régimen de trabajadores transfronterizos. 

Se considera trabajadores transfronterizos a aquellos que tienen su domicilio en la zona fronteriza de un estado, a donde regresan cada día, y están autorizados a trabajar como asalariados en la zona fronteriza del otro estado. Por ejemplo, puede tratarse de un empleado que reside en Francia y se desplaza todos los días a trabajar a una empresa en España, para volver a su domicilio en Francia una vez terminada su jornada laboral. 

La tributación En España de este tipo de trabajadores dependerá de su residencia fiscal: 

  • Si se considera que su residencia fiscal se encuentra en España, deberán tributar por el IRPF por la renta mundial. 
  • Si no es residente fiscal en España, tributará por el impuesto sobre la renta de no residentes por los rendimientos obtenidos en España. 

En los dos casos, se deberán considerar las regulaciones de los convenios relativos a la doble imposición internacional que haya suscrito España. 

En dichos convenios de doble imposición, como los firmados por España con Francia y Portugal, se regula que no se aplicará a retención alguna sobre los trabajadores transfronterizos, que tributarán por todos sus rendimientos únicamente en su país. En el caso de Francia se establece que para que pueda aplicarse este régimen la distancia entre el domicilio del empleado y la frontera no puede ser superior a los 20 km. Sin embargo, en el caso de Portugal no se establece una limitación en cuanto a la distancia entre la empresa y el lugar de residencia del trabajador. Por lo tanto, si tienes trabajadores residentes en otros países es fundamental que una asesoría laboral analice tu caso para verificar si cumples con la normativa relativa a las retenciones.

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2 comentarios de “¿Cómo tributan los trabajadores no residentes en la empresa?

    • Javier Martínez dice:

      Hola Maite,

      Los impuestos que te afectan son el impuesto sobre la renta no residente y el impuesto sobre el patrimonio. El porcentaje a aplicar en el impuesto de no residente depende de si tienes una propierdad en España (Si el piso se encuentra alquilado y eres de la UE pagas un 19% y si eres fuera de la UE un 24%). Respecto al impuesto sobre el patrimonio solo tienes que pagar este impuesto si tienes propiedades en España y siempre y cuando su valor de compra sea superior a 700.000€. Un saludo.

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